La Maternidad suele ser una etapa de felicidad para la mujer trabajadora. Te presentamos los aspectos necesarios que debes conocer sobre la licencia por maternidad y cómo solicitarla en la empresa.
También denominado Subsidio por Maternidad, es un permiso de descanso laboral subsidiado que reconoce el ordenamiento jurídico del Perú a la mujer trabajadora que se convierte en madre.
La Licencia de Maternidad dura 98 días. Comprende 49 días antes de que se realice el parto (licencia por embarazo) y 49 días después del parto (licencia por maternidad y lactancia).
La mujer gestante que trabaja en relación de dependencia, pero debe cumplir con estos requisitos obligatorios:
El pedido de licencia de maternidad debe efectuarse ante el empleador. Previamente a realizar la solicitud, es necesario completar y llenar el Formulario 8002, contar con un Certificado Médico que acredite el estado de embarazo y una fecha probable de parto. En la solicitud se debe indicar cuándo empezaría el descanso subsidiado.
La entidad encargada de efectuar el Subsidio es el Seguro Social de Salud- EsSalud. La trabajadora gestante solicita la licencia mediante una carta formal al empleador. La empresa llevará a cabo el pago correspondiente por los 98 días de descanso. Luego, EsSalud hará el reembolso a la compañía.
Generalmente, la licencia dura 98 días. No obstante, se puede solicitar su ampliación cuando se presenten complicaciones durante el período prenatal, el parto y el período posparto.
Asimismo, si es un parto múltiple, como es el caso de los gemelos, mellizos, trillizos y más, el período posparto puede extenderse por 30 días adicionales. Para acreditar esta ampliación se debe presentar el informe médico de postergación de descanso por maternidad.
Si el parto no se efectúa en la fecha esperada, los días adicionales son considerados como «Licencia por Enfermedad Temporal».
En caso de que el empleador no apruebe la solicitud, la trabajadora gestante puede denunciar el hecho irregular en la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
La Licencia de Maternidad no solo brinda el descanso laboral y el pago de EsSalud, también te garantiza el derecho a una atención médica integral durante la gestación, el parto y el período posparto. Este derecho se encuentra regulado en el artículo 12 del Decreto Supremo Nº 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social.
Entre las principales ventajas que esta licencia ofrece, se encuentran:
El derecho a la Licencia por Maternidad se encuentra regulado en la Ley n° 30367, que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y prolonga su período de descanso, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo 002-2016-TR. Asimismo, la ampliación de la licencia por partos múltiples se encuentra prescrito en el artículo único de la Ley n° 28239.
Tramitar el Subsidio por Maternidad en el tiempo oportuno permitirá a la trabajadora obtener seguridad laboral y a la empresa cubrir con otro colaborador la ausencia temporal. Que este período de alumbramiento solo te brinde bellos recuerdos.